Estatutos de la Asociación
Extracto de las normas que rigen nuestra sociedad.
Artículo 1
ASOCIACION RECREATIVA GASTRONOMICA LA SALLE SAN MARCIAL DE IRUN, con número de Registro AS.R.P.G. 00138, inscrita con fecha 6 de febrero de 1948. Dicha Asociación se regirá por los preceptos de las citadas Leyes de Asociaciones, por los presentes Estatutos en cuanto no estén en contradicción con la Ley.
Artículo 2
Los FINES de esta Asociación son:
– La promoción de la gastronomía como un hecho cultural.
– La profundización en el estudio en el recetario guipuzcoano.
– La defensa de nuestros productos autóctonos.
– El desarrollo de las relaciones humanas entre los miembros.
– Proporcionar a los socios un centro de reunión y esparcimiento.
(Ver apartado «Quiénes Somos» para listado completo).
Artículo 3
El domicilio principal de esta Asociación estará ubicado en:
CALLE SAN MARCIAL, nº 4, piso BAJO de IRUN, Código Postal 20304.
Artículo 4
El ámbito territorial en el que desarrollará principalmente sus funciones comprende el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Artículo 6
El gobierno y administración de la Asociación estarán a cargo de los siguientes órganos colegiados:
a) La Asamblea General de personas socias, como órgano supremo.
b) La Junta Directiva, como órgano colegiado de dirección permanente.
Artículo 7
La Asamblea General, integrada por la totalidad de personas socias, es el órgano de expresión de la voluntad de éstas.
Sus facultades incluyen aprobar el plan general, examinar cuentas, aprobar gestión de la Junta Directiva, y modificar estatutos.
Artículo 14
La Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la asociación.
Artículo 28
Pueden pertenecer a la Asociación aquellas personas que así lo deseen y reúnan las condiciones legales: ser mayor de edad o menor emancipada, y no estar sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio de su derecho.